Identificación
Usuario:
Contraseña:
Inicio | Formación continua | Formación de demanda

Formación de demanda 

Con la nueva regulación del subsistema de formación para la ocupación, mediante el Real decreto 395/2007, la Generalitat de Cataluña, tendrá competencias en el seguimiento y control de la formación de demanda, es decir, formación en las empresas y los permisos individuales de formación (PIF). Por lo tanto, corresponde al Consorcio las funciones de información y asesoramiento en las empresas sobre el sistema de bonificaciones y de evaluación, seguimiento y control de estas acciones formativas.

Estas iniciativas se financian mediante la aplicación de un sistema de bonificaciones a las cuotas de la seguridad social que ingresan las empresas.

Las empresas que realicen formación para su personal y que coticen por la contingencia de Formación Profesional en la Seguridad Social disponen de un crédito anual que se determina en función de la aplicación, a la cuantía ingresada por la empresa durante el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, de un porcentaje establecido a la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del número de trabajadores de la empresa.

Este crédito se hace efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social.

 
 
 
Avíso legal  |  Contacte  |  © 2007 Consorci per a la Formació Contínua de Catalunya